Comunicación / Boletín Oficial
 

El Boletín Oficial es el órgano de difusión a través del cual se publican las ordenanzas, decretos y declaraciones sancionadas tanto por el Departamento Legislativo, como por el Departamento Ejecutivo.
La publicación de una norma en el Boletín Oficial es un paso necesario y obligatorio para que la misma pueda entrar en vigencia. Asimismo, es el medio por el cual ciudadanos y organismos cumplen con las responsabilidades jurídicas, que hacen a la transparencia de su accionar como tales.
El Código Civil Argentino, en su artículo 2°, dispone: "Las leyes no son obligatorias sino después de su publicación, y desde el día que determinen. Si no designan tiempo, serán obligatorias después de los ocho días siguientes al de su publicación oficial."
El artículo citado distingue dos etapas diferentes en el proceso legislativo: la primera corresponde a la sanción y promulgación de misma, y la segunda, a su publicación. Una vez sancionada y promulgada la norma, la misma tiene existencia como tal, pero de conformidad al Código Civil, aún no tiene obligatoriedad de cumplimiento, sino a partir de la publicación en el diario oficial.

En nuestra ciudad, la responsabilidad del armado del Boletín Oficial, corresponde a la Subdirección de Información de Derechos al Consumidor, al igual que su distribución. En esta sección el Boletín Oficial se carga en formato virtual, a los efectos de permitir a todos los ciudadanos otra vía de acceso al mismo.

 

Próximamente se encontrará publicado en esta sección las diferentes ediciones del Boletín Oficial