Estimado CONTRIBUYENTE: En este trámite usted estará iniciando la ADHESION A LA BOLETA ELECTRONICA, con los siguientes efectos: Deberá declarar ante el municipio su DOMICILIO FISCAL ELECTRONICO con una cuenta de email (Artículos 8 a 11 Ordenanza Fiscal 2021) Renuncia a recibir repartos de boleta en papel, siendo el reparto reemplazado por envío electrónico El BENEFICIO que otorga la ADHESION esta enumerado en el Art. 60 de la Ordenanza Fiscal 2021. Información Importante Establécese una bonificación de del 5% por BUEN CONTRIBUYENTE a aquellos que se adhieran a la emisión y recepción digital de Boleta Electrónica. Iniciar ADHESION