LA OFICINA MUNICIPAL DE INFORMACIÓN AL CONSUMIDOR ESTARÁ CONTROLANDO EL CUMPLIMIENTO DE LA NUEVA RESOLUCIÓN SOBRE EXHIBICIÓN DE PRECIOS


LA OFICINA MUNICIPAL DE INFORMACIÓN AL CONSUMIDOR ESTARÁ CONTROLANDO EL CUMPLIMIENTO DE LA NUEVA RESOLUCIÓN SOBRE EXHIBICIÓN DE PRECIOS

El 25 de Enero del corriente año se publicó la Resolución Nº 51 E/2017 de la Secretaría de Comercio, perteneciente al Ministerio de Producción de la Nación que obliga a distinguir los precios de los productos que se adquieran al contado y financiados.De acuerdo a la nueva normativa, cuando los precios se exhiban financiados deberá indicarse: el precio de contado, el precio total financiado, el anticipo si lo hubiere, la cantidad y monto de cada una de las cuotas, la tasa de interés efectiva, anual aplicada y el costo financiero total.

Quienes comercialicen productos y/o servicios bajo la modalidad de venta financiada en cuotas no podrán incluir en sus anuncios, publicidades o mensajes, bajo cualquier forma de difusión (oral o escrita, radial, televisiva o por internet, entre otras) la frase “sin interés” (o cualquier otra similar), cuando el costo de financiación del producto o servicio sea trasladado al precio de venta al consumidor.

Por otra parte, se entiende que el costo de financiación ha sido trasladado al precio de venta al consumidor cuando el comerciante deba abonar el costo de la financiación a algún proveedor de servicios financieros de forma directa, o a través de un descuento en la liquidación de la venta.

La información del costo financiero total de la operación deberá colocarse en una ubicación contigua al resto de las variables informadas, en una tipografía en color destacado de idéntica fuente y tamaño al menos CINCO (5) veces mayor —conservando todas las proporciones de espesor de trazos, alto y ancho— al que se utilice para informar la tasa de interés efectiva anual aplicada y/o la cantidad de cuotas y/o su importe.

Con esta medida se busca el sinceramiento de los precios ya que no existen financiamientos sin interés, es decir, las entidades bancarias siempre cobran una comisión de intermediarios a los comerciantes por utilizar el servicio y les sugieren tasas de interés para financiar los productos a sus clientes, siendo el mismo trasladado al consumidor.

Por otra parte, los Programas Nacionales “Ahora 12” y “Ahora 18” van a continuar vigentes.

Desde la Dirección de Defensa del Consumidor, se estará controlando el efectivo cumplimiento de la nueva normativa que comenzará a regir a partir del 1º de febrero a través de su cuerpo de inspectores y también se recibirán reclamos de consumidores referidos a incumplimientos que evidencien al realizar sus compras habituales.

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