¿En qué consiste?
Consiste en abonarle al empleado municipal una suma determinada por cada hijo o menor a cargo, para el inicio de clases.
¿A quién le corresponde?
Tienen derecho a percibir el beneficio los agentes municipales que PERCIBAN ASIGNACIÓN FAMILIAR y tengan HIJOS EN EDAD ESCOLAR.
¿Quién lo puede solicitar?
El trámite puede ser iniciado por el beneficiario directo.
Documentación a aportar
- Certificado de Alumno Regular emitido por la institución educativa.
- Requiere formulario: Declaración Jurada-Pago de Asignación Familiar. El interesado debe completar el mismo con fecha, legajo y firma.
- Nombre de la dependencia responsable: Dirección de Personal.
- Marco Legal: Artículo Nro. 47 de la Ley 11757, Artículo Nro. 115 Inc. 7 de la Ley 14656, Resolución 299/2017.
- Monto a percibir: Se encuadra en la escala de ANSES.