FASE 5. LA MUNICIPALIDAD EMITIO EL DECRETO 602/20. HAY MODIFICACIONES EN HORARIOS


FASE 5. LA MUNICIPALIDAD EMITIO EL DECRETO 602/20. HAY MODIFICACIONES EN HORARIOS

Restaurantes, confiterías, parrillas, hamburguesería, heladerías, rotiserías, casas de comida, pizzerías, cervecerías artesanales, podrán atender al público en general, de lunes a domingo entre el horario de 08:00 Horas a 24:00 Horas.

Se resolvió autorizar para la ciudad de Bragado la actividad comercial correspondiente al rubro pollería, los días domingos en el horario de 8:00 Horas a 13:00 Horas.-

Autorizar la atención al público de los comercios, los días sábados en el horario de 8:00 Horas a 20:00 Horas.

Las actividades deportivas individuales que se realizan en locales y/o establecimientos dedicados a tal fin, como así también al aire libre, podrán desarrollar su actividad de lunes a sábado en el horario de 8:00 Horas a 20:00 Horas, previa autorización de la actividad por la Dirección de Deportes de nuestro Municipio

SE MANTIENEN las salidas saludables de lunes a viernes de forma individual, en el horario de 9:00 Horas a 18:00 Horas, y los días sábados y domingos en el horario de 9:00 Horas a 18:00 Horas con el grupo familiar conviviente, manteniendo las condiciones establecidas en el Decreto 420/2020

SE MANTIENEN reuniones sociales únicamente para familiares de no más de diez personas, los días domingos en el horario de 08:00 Horas a 18:00 Horas.

A  partir del día de la fecha que las actividades artísticas y/o culturales que se realizan en locales y/o establecimientos dedicados a tal fin, podrán desarrollar su actividad de lunes a sábado en el horario de 8:00 Horas a 18:00 Horas, previa autorización de la actividad por la Dirección de Cultura de nuestro Municipio.

Compartir esta noticia